La Dirección de Desarrollo Comunitario tendrá como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo social, económico y cultural de los habitantes de la comuna tendiente a mejorar su calidad de vida y tendrá las siguientes funciones generales:

Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción del Desarrollo Comunitario.

Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.

Proponer y ejecutar; dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación, cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.

La Dirección de Desarrollo Comunitario tendrá además las siguientes funciones específicas:

Promover la formación y constitución de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, y en general la integración y participación de los vecinos al desarrollo de la comuna.

Asesorar técnicamente a las organizaciones comunitarias respecto de la normativa que los rige y en la solución de los problemas que le afecten, fomentando su desarrollo y legalización.

Asesorar técnicamente a las organizaciones de la comuna en la presentación de proyectos y solicitud de subvenciones al Municipio.

Asesorar a las organizaciones comunitarias en el cumplimiento de la normativa vigente que les afecta y en los procedimientos que regulan la generación y funcionamiento de éstas.

Mantener actualizado el registro comunal de organizaciones comunitarias existentes y de sus respectivos directorios.

Diseñar, implementar y evaluar proyectos específicos de desarrollo comunitario.

Coordinar las acciones a realizar con las instancias comunales correspondientes de manera de maximizar el uso de los recursos.

Proponer la suscripción y administrar convenios con instituciones y/o servicios que beneficien en forma directa a los vecinos de la comuna.

Diseñar, implementar y evaluar un sistema de difusión hacia la comunidad de los programas que se realicen.

Cumplir las funciones específicas que le encomiende la normativa vigente o el Alcalde le señale.

Integrarán y dependerán de la Dirección de Desarrollo Comunitario: la Oficina de la Vivienda, la Oficina de la Cultura, la Oficina de Protección de Derechos de los niños y jóvenes (OPD), la Oficina de Organizaciones Comunitarias; dónde se ejecutarán los Programas de Adulto Mayor y Deporte y Recreación; y la Oficina Municipal de Desarrollo Económico Local (OMDEL), que coordinará a la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL), la Oficina de Turismo, la Oficina de Fomento Productivo y los Programas Mujeres Jefas de Hogar y Prodesal.

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